3. PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN E INICIO DE OPERACIONES

3.1 PROCEDIMIENTO DE CONSTITUCIÓN E INICIO DE OPERACIONES

Antes de constituir una empresa es importante conocer los procedimientos y registros que se deben agotar para establecer un negocio en la República Dominicana y que pueda operar con legalidad y formalidad frente al Estado y los terceros. En el presente capítulo se desarrolla todo lo concerniente al procedimiento de constitución de los diferentes tipos de sociedades:

3.1.1 Registro de Nombre Comercial ante la Oficina Nacional de Propiedad Intelectual (ONAPI).

Busca proteger de manera legal el nombre, denominación o abreviatura a una empresa o establecimiento comercial. Es importante que cada empresa cuente con un nombre distinguible de otras marcas, por lo que es necesario hacer la investigación de lugar con el fin de determinar si el nombre comercial que pretendes utilizar no se encuentre registrado. Al momento de la redacción de esta guía, este proceso tiene un costo de RD$4,755.00 y tiene una vigencia de diez (10) años. Se puede solicitar vía presencial o virtual ante la Oficina Nacional de Propiedad Intelectual (ONAPI) y los requerimientos son:

Formulario electrónico aprobado por la ONAPI, conteniendo los siguientes datos:

  • Una indicación precisa de que se solicita el registro de un nombre comercial;
  • Los datos que permitan identificar al solicitante o a su representante y la dirección exacta para recibir notificaciones físicas o por la vía electrónica, en caso de que el solicitante no tenga un domicilio ni establecimiento en el país deberá hacerse representar de una persona física domiciliada en el país;
  • La denominación del nombre comercial cuyo registro se solicita;
  • Una lista detallada de las actividades para las cuales se desea proteger el signo.
  • El poder que acredite la representación cuando lo hubiera;
  • El pago de la tasa establecida.

Teléfono y/o correo electrónico.7

Para conocer si el nombre comercial que desea utilizar se encuentra registrado o presenta similitud que pueda crear confusión dentro del mercado, es recomendable investigar en la página web de la Oficina Nacional de Propiedad Intelectual

  1. Acceder a la página web de la Oficina Nacional de Propiedad Intelectual (ONAPI).
  2. Dar clic en inicio y luego en la sección de "Búsqueda de Signo".
  3. Seleccionar el tipo de búsqueda que en este caso será "Buscar por texto" y el tipo de signo que será "Nombre Comercial".
  4. Por último, en “Texto a buscar” deberás escribir el nombre comercial que quieras utilizar.8

En caso de que el nombre comercial sea objetado o denegado por la Oficina Nacional de la Propiedad Intelectual (ONAPI) por existir o tener similitud con otro nombre comercial ya registrado tendrás un plazo de treinta (30) días para someter mediante una carta o llenando el formulario correspondiente, otro nombre comercial o explicando en que te diferencias de los demás y el mismo no tendrá costo.

7 ONAPI:https://www.onapi.gov.do/index.php/servicios/signos-distintivos/nombres-comerciales/item/246-registro-de-nombre-comercial
8 ONAPI: https://www.onapi.gov.do/index.php/busqueda-de-signos-nombres-y-marcas

3.1.2 Registro de documentos legales ante la Cámara de Comercio y Producción en el domicilio que corresponda su empresa y solicitud de Registro Mercantil.

Luego de que tengas el certificado de nombre comercial es necesario elaborar los estatutos sociales que pueden ser redactados por medio de un Acto bajo Firma Privada, además tendrás se deberá de redactar un acta de asamblea constitutiva, lista y nómina de presencia, los mismos deberán ser depositado ante la Cámara de Comercio y Producción que corresponda el domicilio de tu empresa.

Es importante mencionar que este proceso puede hacerse en línea, accediendo al portal web de ONAPI.

Para que los estatutos sociales sean válidos ante la Cámara de Comercio y Producción se debe de cumplir con los requerimientos establecidos en la ley 479-08 en su artículo 14 (Modificado por la Ley 31-11, de fecha 11 de febrero de 2011)

Los contratos de sociedad o los estatutos sociales de toda sociedad comercial, instrumentados ya sea en forma pública o privada, deberán contener:

  1. Los nombres, las demás generales y los documentos legales de identidad de quienes los celebren, si fuesen personas físicas o la denominación social, su domicilio y números del Registro Mercantil y del Registro Nacional de Contribuyentes, así como las generales de sus representantes o apoderados, si se tratase de una persona jurídica;
  2. La denominación o razón social;
  3. El tipo social adoptado;
  4. El domicilio social previsto;
  5. El objeto;
  6. La duración de la sociedad;
  7. El monto del capital social y la forma en que estará dividido, así como los requisitos cumplidos o que deberán ser cumplidos respecto del mismo para la constitución de la sociedad, incluyendo la proporción que deba ser suscrita y pagada;
  8. La forma de emisión de las acciones, el valor nominal de las mismas; las diferentes categorías de las acciones, si las hubiere, con las estipulaciones de sus diferentes derechos; las condiciones particulares de su transferencia, así como las cláusulas restrictivas a la libre negociación de las mismas, en aquellas sociedades que así proceda;
  9. Los aportes en naturaleza, sus descripciones, sus evaluaciones y la indicación de las personas jurídicas o físicas que las realicen, salvo que estas informaciones estén recogidas en otro documento conforme a las reglas específicas de cada tipo societario;
  10. Los aportes industriales, en aquellas sociedades comerciales que proceda su admisión, salvo que estas informaciones estén recogidas en otro documento conforme a las reglas específicas de cada tipo societario;
  11. Las ventajas particulares y sus beneficiarios, así como las prestaciones accesorias, si las hubiere;
  12. La composición, el funcionamiento y los poderes de los órganos de administración y de supervisión de la sociedad; así como el o los funcionarios que la representen frente a los terceros;
  13. El modo en que los órganos deliberativos se constituirán, discutirán y adoptarán sus resoluciones;
  14. La fecha de cierre del ejercicio social; y, -7- La forma de repartir los beneficios y las pérdidas, la constitución de reservas, legales o facultativas; las causales de disolución y el proceso de liquidación.”9

9 Artículo 14 de la Ley 479-08 sobre las Sociedades Comerciales y Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada y sus modificaciones

Se debe redactar una lista y nómina de presencia que es una lista de asistencia que hace constar la presencia de los socios en las asambleas que se lleven a cabo en una empresa.

Esa nómina debe contener:

  • Nombres de cada uno de los socios, accionistas, o representantes, presentes.
  • Datos generales de la empresa (para personas jurídicas), y datos de la persona física que la representa.
  • Firma de todos los socios, accionistas, o representantes, presentes.
  • Firma de los gerentes.

Se debe incluir una asamblea constitutiva que se conoce como la primera reunión entre los socios donde se debe establecer lo siguiente:

  1. Duración de la gerencia, que según la ley no puede exceder de seis (6) años. Dicho tiempo estará especificado en los Estatutos Sociales.
  2. Permiso a la persona que completara los trámites restantes, puede ser el abogado de la sociedad en creación, el gerente o cualquier otro representante designado.
  3. Forma de abrir cuentas en bancos o institución financiera, y quienes firmaran en las cuentas de bancos.
  4. Decidir quién pertenecerá al órgano de administración (gerencia).
  5. Decidir cualquier resolución que corresponda a la vida societaria.

Después de tener el nombre comercial y los documentos constitutivos de la empresa, se debe someter una carta ante la Colecturía de Impuestos Internos (DGII) con las siguientes informaciones:

  • Nombre comercial.
  • Cantidad de capital social.
  • Cédula de los socios y firma de la persona responsable.
  • Dirección donde va a operar la sociedad.

El pago del impuesto correspondiente por constitución de compañías corresponde al 1% del capital social de la empresa, siendo el capital mínimo de RD$100,000.00, cuyo impuesto seria de RD$1,000.00. Cualquier aumento de capital social conlleva la tasa de un porciento (1%).

Por nueva disposición de Cámara de Comercio y Producción cada acto realizado ante la presencia de un Notario Público y que sea depositado ante esta entidad, debe contener recibo del pago de impuestos del Colegio de Notarios equivalente a RD$130.00 pesos dominicanos, dicho pago se puede realizar en el Banco de Reservas.

Cada documento constitutivo que registre y deposite ante la Cámara de Comercio y Producción en el domicilio de su empresa debe contener el sello de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 pesos dominicanos, que se puede adquirir ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), así como copia de las cédulas y/o pasaportes de los socios de la compañía.

Sello de pago de contribución al Colegio de Abogados de RD$50.00 pesos dominicanos.

Por último, llenar formulario de solicitud de Registro Mercantil de la Cámara de Comercio que corresponda, según la dirección principal donde operé la empresa deberás elegir la provincia que pertenezca. Esta institución emitirá un Registro Mercantil, cuya duración es por 2 años y registrará los documentos que hemos descrito anteriormente. Cada sociedad mercantil contiene sus propios requerimientos según la página web de la Cámara de Comercio y Producción, que son:

Para las Sociedades Anónimas y Anónimas Simplificadas:

  1. Original y Copia (s) de los Estatutos Sociales / Contrato de Sociedad (Acto Auténtico o Acto bajo firma Privada). Los Estatutos o Contrato de Sociedad deberán contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19.10
  2. Original y Copia del Acta y Nómina de Presencia de la Asamblea General Constitutiva (este requisito es opcional). Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19.
  3. Original y Copia (s) del Informe del Comisario de Aportes (si aplica). Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19.
  4. Original y Copia (s) del (los) Comprobante(s) de Suscripción de Acciones (si aplica). Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19.
  5. Copia del Recibo de pago de los impuestos de la DGII por constitución de sociedades.
  6. De conformidad con la Ley 155-17 de Lavado de Activos, en caso de constitución de sociedades, cuando exista un suscriptor de acciones igual o mayor del umbral establecido en la ley, los Estatutos Sociales deberán hacer constar el medio de pago utilizado en dicha suscripción.
  7. Fotocopias claras y legibles de los documentos de identidad en ambos lados de todos los integrantes de la Sociedad. Si son dominicanos, depositar copia de la cédula de identidad y electoral actualizada. En caso de ser extranjeros, copias con fotos del documento de identidad válido y vigente en el país de origen (pasaporte, cédula de identidad de extranjero).
  8. Copia del Certificado Registro de Nombre Comercial emitido por la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI), si lo hubiere.

10 Sello con valor de RD$50 que instituye el art. 11 de la ley 91-83 y la Resolución 043-2016 emitida por la DGII.

Para la Sociedad de Responsabilidad Limitada:

  1. Original y Copia(s) de los Estatutos Sociales/Contrato de Sociedad (Acto Auténtico o Acto bajo firma Privada). Los Estatutos o Contrato de Sociedad Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19.
  2. Original y Copia del Acta y Nómina de Presencia de la Asamblea General Constitutiva (este requisito es opcional). Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19.
  3. Original y Copia(s) del Informe del Comisario de Aportes (si aplica). Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19.
  4. Copia del Recibo de pago de los impuestos de la DGII por constitución de sociedades.
  5. De conformidad con la Ley 155-17 de Lavado de Activos, en caso de constitución de sociedades, cuando exista un suscriptor de acciones igual o mayor del umbral establecido en la ley, los Estatutos Sociales deberán hacer constar el medio de pago utilizado en dicha suscripción.
  6. Fotocopias claras y legibles, de ambos lados, de los documentos de identidad de todos los integrantes de la Sociedad. Si son dominicanos, depositar copia de la cédula de identidad y electoral actualizada. En caso de ser extranjeros, copia con foto del documento de identidad válido y vigente en el país de origen (pasaporte, cédula de identidad de extranjero).
  7. Copia del Certificado Registro de Nombre Comercial emitido por la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI), si lo hubiere.

Para la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada (EIRL):

  1. Original y Copia(s) del Acto Auténtico o Acto Bajo Firma Privada ante Notario Público.
  2. Comprobante de la entidad bancaria del depósito del aporte en dinero a favor de la empresa en formación, si aplica.
  3. Fotocopia clara y legible del documento de identidad de ambos lados del o los integrantes de la empresa. Si son dominicanos, depositar copia de la cédula de identidad y electoral actualizada. En caso de ser extranjeros, copia con foto del documento de identidad válido y vigente en el país de origen (pasaporte, cédula de identidad de extranjero, etc.)
  4. Copia del Certificado de Registro de Nombre Comercial emitido por la Oficina Nacional de Propiedad (ONAPI).

Para Sociedad En Comanditas Por Acciones:

  1. Original y Copia (s) de los Estatutos Sociales/Contrato de Sociedad (Acto Auténtico o Acto bajo firma Privada). Los Estatutos o Contrato de Sociedad Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19
  2. Original y Copia del Acta y Nómina de Presencia de la Asamblea General Constitutiva (este requisito es opcional). Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19
  3. Original y Copia (s) del Informe del Comisario de Aportes (si aplica) Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19
  4. Original y Copia (s) del (los) Comprobante(s) de Suscripción de Acciones (si aplica) Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19
  5. Copia del Recibo de pago de los impuestos de la DGII por constitución de sociedades.
  6. Copia de la Constancia de Pago (cheque, transferencia, recibo de depósito, recibo de pago en tarjeta, certificación bancaria u otro), referente al pago por suscripción de acciones igual o superior a los RD$250,000.00, en virtud de la Ley 155-17.
  7. NOTA: La constancia de pago en las matriculaciones será requerida siempre que haya sido indicado aporte en numerario, para cantidades iguales o superiores al monto indicado.
  8. Fotocopias claras y legibles de los documentos de identidad en ambos lados de todos los integrantes de la Sociedad. Si son dominicanos, depositar copia de la cédula de identidad y electoral actualizada. En caso de ser extranjeros, copias con fotos del documento de identidad válido y vigente en el país de origen (pasaporte, cédula de identidad de extranjero).
  9. Copia del Certificado Registro de Nombre Comercial emitido por la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI), si lo hubiere.

Para Sociedad en Comandita por Acciones Simple:

  1. Original y Copia(s) de los Estatutos Sociales/Contrato de Sociedad (Acto Auténtico o Acto bajo firma Privada). Los Estatutos o Contrato de Sociedad Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19.
  2. Original y Copia del Acta y Nómina de Presencia de la Asamblea General Constitutiva (este requisito es opcional). Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19.
  3. Original y Copia(s) del Informe del Comisario de Aportes (si aplica) Deberá contener el Recibo de pago de contribución al Colegio de Abogados equivalente a RD$50.00 descrito en el artículo 66, de la Ley 3-19.
  4. Copia del Recibo de pago de los impuestos de la DGII por constitución de sociedades.
  5. Fotocopias claras y legibles de los documentos de identidad en ambos lados de todos los integrantes de la Sociedad. Si son dominicanos, depositar copia de la cédula de identidad y electoral actualizada. En caso de ser extranjeros, copias con fotos del documento de identidad válido y vigente en el país de origen (pasaporte, cédula de identidad de extranjero).
  6. Copia de la Constancia de Pago (cheque, transferencia, recibo de depósito, recibo de pago en tarjeta, certificación bancaria u otro), referente al pago por suscripción de acciones igual o superior a los RD$250,000.00, en virtud de la Ley 155-17.
  7. NOTA: La constancia de pago en las matriculaciones será requerida siempre que haya sido indicado aporte en numerario para cantidades iguales o superiores al monto indicado.
  8. Copia del Certificado de Registro de Nombre Comercial emitido por la Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI), si lo hubiere.

Nota: Los montos establecidos en la presente Guía sobre los trámites para formalizar tu empresa son actualizados hasta el mes de julio del año 2023, por lo que, es recomendable que antes iniciar el proceso consultes las informaciones pertinentes en las instituciones correspondientes, es decir, acceder a los diferentes portales web de cada una de las entidades que intervienen en el proceso de formalización y enterarte si hubo alguna modificación de proceso o de costo.

3.1.3 Solicitud de Registro Nacional del Contribuyente (RNC) ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII).

Luego de obtener el Registro Mercantil en Cámara de Comercio y Producción de la provincia en que se encuentre operando la empresa, se debe solicitar la inscripción del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC) ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII). Se procede a depositar los documentos constitutivos y legales de la empresa. Se puede solicitar de la siguiente manera:

  1. A través de la Oficina Virtual de Impuestos Internos, en la opción «Inscripción», llenando la solicitud en línea, deberá crear un usuario. Es recomendable contar con la asesoría de un contador.
  2. Mediante la realizando el proceso de formalización a través de una sola solicitud. Es una herramienta facilitada por el Ministerio de Industria, Comercio y MiPymes.
  3. Por medio de una oficina de Impuestos Internos en una administración local.

Requisitos para hacer la solicitud del RNC como persona jurídica:

  • Formulario de declaración jurada de Registro de Sociedades (RC-02).
  • Copia de la cédula de identidad o pasaporte de los socios o accionistas.
  • Certificado del nombre comercial.
  • Registro Mercantil.
  • Recibo de pago del 1% del capital por constitución.
  • Copia de los estatutos y asamblea constitutiva.

Esta entidad emitirá una certificación con un número de Registro Nacional de Contribuyente (RNC), que es una secuencia numérica, siendo este el código único y permanente de identificación de la empresa que se recibe en el momento de su inscripción. La empresa puede solicitar sus Números de Comprobantes Fiscales (NFC) que se utilizarán para emisión de facturas.​ Así mismo la empresa debe mantenerse al día con el registro de sus operaciones y demás cumplimiento de sus obligaciones como contribuyentes.

3.1.4 Acciones a realizar después de haber obtenido el Registro Nacional del Contribuyente (RNC):

Solicitud de Numero de Comprobante Fiscal (NCF) ante la Dirección General de Impuestos Internos (DGII):

El proceso de autorización de emisión de facturas con comprobante fiscal para nuevos contribuyentes consiste en comprobar la veracidad de los datos de registro del contribuyente el domicilio fiscal, actividad comercial y a su vez si este realiza operaciones comerciales.

11 Portal web de la Cámara de Comercio y Producción de Santo Domingo: https://www.camarasantodomingo.do/requisitos-por-tipo-societario/

Para obtener los NCF es necesario solicitar una autorización, la cual se adquiere por las siguientes vías:

​Por Oficina Virtual (OFV):

  1. ​​Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual DGII.
  2. ​​En el menú Solicitudes, seleccione la opción Solicitar Trámites.
  3. ​​En Seleccionar Tipo de Solicitud, escoja la opción Solicitar Alta de Números de Comprobantes Fiscales y pulse el botón Solicitar.
  4. ​​Complete el formulario que le aparecerá en pantalla y presione el botón Enviar. Deberá adjuntar documentos que avalen la actividad económica:
    • ​​​Facturas de Compras/Gastos con valor fiscal​
    • Contrato de servicio, Cotización
    • Contrato de Alquiler
    • Matrícula de Vehículo
    • Título de Inmueble
    • Carnet de Colegiatura en caso de profesionales liberales u otros documentos, según aplique.​
  • Visualizará en pantalla el número de solicitud para fines de seguimiento, pulse el botón OK.
  • De Manera Presencial:

    ​Depositando en el Centro de Asistencia Presencial​ de la Sede Central o en el Área de Información de la Administración Local correspondiente, los siguientes documentos:

    Formulario de Solicitud de Autorización para Emitir Números de Comprobantes Fiscales FI-GCF-009 ​llenado y firmado [en caso de Personas Jurídicas debe estar firmado y sellado].

    1. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante (aplica en caso de Personas Físicas).
    2. ​Documentos que permitan validar la actividad económica tales como: facturas de compras/gastos con valor fiscal, contratos de servicios, cotizaciones, contrato de alquiler, matrículas de vehículos, carnet de colegiatura en caso de profesionales liberales, u otros según aplique.

    En el caso de Personas Jurídica, la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) designará un inspector que se encargará de validar la dirección donde opera tu empresa, para confirmar la veracidad de la misma. Con la aprobación de ese reporte, la institución te otorgará tus primeros Número de Comprobante Fiscal.

    Registro de Planilla del personal fijo vía el Departamento Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo.

    Es el formulario que cada empleador debe presentar ante el Ministerio de Trabajo, con la finalidad de reportar a sus empleados por contrato indefinido.

    Requisitos y requerimientos:

    • Los empleadores deben inscribir el Registro Nacional de Contribuyentes (RNC), cédula de identidad o número de pasaporte, y crear una contraseña para luego proceder a registrar el personal fijo que labora en la empresa en la planilla denominada DGT-3.
    • Una vez completada la planilla se valida con la compra del PIN, conformado por el número de recibo y código de aprobación, el cual es adquirido en la División de Ventas de Formularios.
    • Para validar la planilla, el empleador debe seleccionar la zona donde fue adquirido el PIN e introduce el número de recibo y código de aprobación conforme al recibo entregado.

    Tiempo de realización es de 5 días laborables y tiene un costo de RD$500.00.

    Registro de Empleadores por la Tesorería de Seguridad Social (TSS)

    La Tesorería de Seguridad Social es una institución encargada de administrar el sistema único de información, recaudo, la distribución y pago de los recursos del Sistema Dominicano de Seguridad Social. Este servicio permite a aquellos empleadores que quieren inscribir sus empresas en la base de datos de la Tesorería de Seguridad Social (TSS) para comenzar a hacer sus pagos a la Seguridad Social mensualmente. La seguridad social se rige por la ley 87-01 que crea el Sistema Dominicano de Seguridad Social. Esta ley específica tres (3) formas de afiliación:

    • Contributivos: Pagados por las empresas.
    • Contributivo-subsidiado: Profesionales liberales.
    • Subsidiados: Pagados por el Estado.

    Los requisitos para inscribir una empresa en la Tesorería de la Seguridad Social son:

    • El solicitante deberá acceder a la página web www.tss.gob.do, descargar y completar el Formulario de Solicitud de Registro disponible en menú Documentos, opción Formularios y elegir de acuerdo con el tipo de empresa que corresponda.
    • Los expedientes incompletos serán devueltos y el solicitante deberá programar una cita nueva.
    • Es importante que completen su declaración de los Términos y Condiciones contenidos en el Formulario de Solicitud de Registro, así como colocar sello y firma de la máxima autoridad o empleador y del representante que realizará las novedades en el SUIR.
    • Depositar los documentos en cualquiera de las oficinas de servicio o Puntos GOB que son:
      • Carta de solicitud de inscripción en el Sistema Dominicano de Seguridad Social.
      • Estatutos de la empresa, última asamblea y Registro Mercantil.
      • Cédula del gerente o representante de la empresa.12

    Es un procedimiento gratuito y el tiempo de realización es de 5 días laborables

    12 Portal web de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS): https://tss.gob.do/registro-empleadores.html

    3.1.5 ¿Cómo formalizar la empresa usando la plataforma virtual?:

    El programa Formalízate es una plataforma del Gobierno de la República Dominicana que busca que las empresas establezcan relaciones legales con el Estado Dominicano, que se amparen las leyes y normativas y a su vez cumplan con las obligaciones tributarias, aduaneras, laborales y demás. La ventaja del portal es que obtendrás Nombre Comercial, Registro Mercantil, Registro Nacional del Contribuyente, si tienes empleados Registro de Empleados en la Tesorería de la Seguridad Social y Registro en el Ministerio de Trabajo en un solo lugar.

    Antes de utilizar la plataforma Formalízate, y según los requisitos establecidos en su página web, debes tomar en cuenta que:

    • Debes poseer una clientela fija que demande tus productos.
    • Tener la capacidad de cubrir los costos fijos de tu empresa.
    • Tener un plan de negocio.
    • Sugerimos hacer búsqueda de coincidencias de nombres comerciales en Oficina Nacional de Propiedad Industrial (ONAPI), para verificar la disponibilidad del nombre de tu elección y tener varias opciones de nombre comercial, por sí el nombre no está disponible o en caso de ser objetado.
    • Tener por escrito y de manera clara el objeto o, más simple, a qué actividad comercial se dedicará tu empresa.

    Pasos para formalizar tu empresa:

    Lo primero que debes hacer es crear un usuario en la página https://formalizate.gob.do//

    En el recuadro de regístrate y formalízate obtendrás un formulario donde deberás colocar las siguientes informaciones:

    1. Tipo de identificación
    2. Número de identificación
    3. Nombres y Apellidos
    4. Estado Civil
    5. Género
    6. Nombre de Usuario y contraseña
    7. Correo Electrónico
    8. Número de contacto
    9. Dirección
    10. Luego, presionas el botón registrar y ya puedes crear tu empresa.

    13 Portal web para formalizar la empresa en República Dominicana: https://formalizate.gob.do/procesodetalladodeformalizacion/

    Para la creación de la empresa necesitas:

    1. Ingresar al portal web de formalización https://www.formalizate.gob.do/ y una vez allí dar clic en el botón formalizarte ya.
    2. Seleccionar la opción “Crear Empresa” dar clic para leer y aceptar el término y condiciones del servicio y las políticas administrativas.
    3. Completa los datos de la solicitud con las siguientes informaciones:
      1. Datos de la empresa.
      2. Datos de los empleados.
      3. Dirección de empresa.
      4. Actividad de la empresa.
      5. Datos del representante.
      6. Datos financieros de la empresa.
      7. Datos de consignación de pagos.
      8. Referencias comerciales de la empresa.
      9. Pagas los impuestos correspondientes para la creación.
    4. Seleccionar la cámara correspondiente según la provincia donde estará ubicada la sociedad.
    5. Seleccionar tipo de estructura legal a formalizar.
    6. Indica el Nombre Sociedad/Razón Social. Recuerda que el nombre indicado está sujeto de aprobación por parte de ONAPI.
    7. Colocar la numeración del pago del impuesto de constitución de compañía que corresponde al 1% del capital social de la empresa.
    8. Carga la imagen del Nombre Comercial y completa los datos de solicitud del Nombre Comercial ante ONAPI.
    9. Completar los datos generales de la sociedad para la solicitud del Registro Mercantil, tales como: Dirección comercial, socios, capital social, cuota social, actividades de la empresa y otras informaciones propias de la empresa.
    10. Confirmar la información de los datos suministrados.
    11. Seleccionar la forma de entregar de documentos (física o digital).
    12. Realizar el pago, continuar con el envío de los documentos, adjuntar los documentos requeridos y dar clic en enviar documentos a Cámara de Comercio correspondiente, colocas datos de la persona de contacto.
    13. Dar clic en SOMETER.

    3.2 ¿QUÉ PERMISO NECESITO PARA EL INICIO DE LAS OPERACIONES?

    En la República Dominicana existe un sin número de permisos y licencias, por eso antes de constituir una empresa debes tomar en cuenta si la actividad comercial que realizarás requiere de estos.

    Las licencias y permisos más solicitados en la República Dominicana son:

    3.2.1 Permiso de habilitación de establecimientos y servicios de salud

    Es un procedimiento el cual asegura que los establecimientos y servicios de salud cumplan con las condiciones mínimas y particulares en cuanto a sus recursos humanos, estructurales y de funcionamiento.

    Requerimientos para la obtención del servicio:

    • Completar el formulario digital a través del siguiente enlace: https://siha.msp.gob.do/solicitud.php.
    • Comprobante de depósito original emitido por el Banco de Reservas a favor de la Tesorería Nacional. Este no debe exceder los 3 meses de emisión).
    • Copia de Certificación de No objeción a la construcción de un establecimiento de salud.
    • Plano Arquitectónico y Dimensionado. (Debe contener nombre, firma y No. de CODIA del Arquitecto que lo realice).
    • Carta de Solicitud, dirigida al Director (a) de Habilitación
    • Formulario de Datos del establecimiento, director médico y del propietario, (impreso).
    • Listado de Servicios del establecimiento.
    • Copia de la Resolución y de la Certificación expedida por la Comisión Nacional de Energía (sólo aplica para establecimientos que realicen estudios diagnósticos, tales como Rayos X, Radioterapia, Tomografía, entre otros).
    • Copia de Certificado de Registro Nacional de Contribuyente (RNC) del Establecimiento de Salud (con igual nombre al certificado de ONAPI).
    • Copia del Certificado de Registro de Nombre Comercial, emitido por la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).
    • Reporte impreso y en CD de Equipos Médicos (Tipo, Marca, Serie y Ubicación) y Recursos Humanos de Salud y Administrativos.
    • Documentos de los RRHH de Salud, colocados en el siguiente orden:
      • Copia de Cédula.
      • Copia de Título de Grado (donde el número de registro y folio estén legibles).
      • Copia de Exequátur.
      • Copia de Título de Especialidad cuando aplique (número de registro y folio legibles).

    Procedimiento para seguir para la obtención del servicio:

    Deberá realizar la compra de un cheque certificado o de administración. Este no debe exceder los 3 meses de emisión). Luego presentarse en la Ventanilla Única de Servicios del Ministerio de Salud Pública para la adquisición del recibo de pago del servicio.

    Depositar los documentos (Inc. Copia del formulario digital firmado y sellado) en la Ventanilla Única de Servicios para los fines de tramitación del expediente.)14

    3.2.2 Permiso de expendio de alimentos y bebidas

    Son los permisos que se utiliza para la apertura de restaurantes y bares.

    • Formulario digital de solicitud de Licencia, disponible en la página del Ministerio del Turismo, https://licencias.mitur.gob.do/, debidamente completado.
    • En caso de ser un representante apoderado, el poder de representación debidamente notarizado y legalizado ante la Procuraduría General de la República, junto con la cédula del apoderado.
    • Certificado del nombre comercial definitivo de la razón social y del nombre comercial para las operaciones (en caso de que sea diferente al nombre de la razón social), expedido por la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).
    • Dos (2) cartas de referencias bancarias a nombre de la sociedad solicitante.
    • Certificación de cumplimiento de obligaciones fiscales expedida por la Dirección General de Impuestos Internos, donde conste que el solicitante está al día en la declaración o pago de Impuestos.
    • Certificación de balance al día de la Tesorería de la Seguridad Social (TSS).
    • Certificado de registro mercantil vigente.
    • Copia del documento que demuestre derecho de uso del inmueble donde va a operar el establecimiento, a saber: certificado de título de propiedad a nombre del solicitante o certificación para uso del inmueble expedida por el Ayuntamiento del lugar, o contrato de opción de compra o de promesa de venta o de arrendamiento, según aplique. En el caso de los contratos, estos deben estar debidamente legalizados por un Notario Público.
    • Copia del contrato completo de póliza de responsabilidad civil, vigente. No se admiten certificaciones.
    • Permiso sanitario emitido por el Ministerio de Salud Pública.
    • Recibo de pago al Ministerio de Turismo por concepto de obtención de licencia.
    • Visto bueno de la inspección realizada por los inspectores del Ministerio de Turismo.15

    14 Portal web del Ministerio de Salud Pública: https://www.msp.gob.do/web/?page_id=6263
    15 Portal web del Ministerio de Turismo: https://www.mitur.gob.do/servicios/establecimientos-de-expendio-de-alimentos-y-bebidas/

    3.2.3 Permiso de construcción

    Es el procedimiento que asegura regular el cumplimiento de construir, reconstruir, ampliar o de cualquier manera alterar un edificio o una estructura privada. El Ministerio de la Vivienda y Edificaciones (MIVED) lanzó una plataforma de Ventanilla Única que tiene como objetivo agilizar los procesos de permiso de construcción en un solo lugar. Es la única vía de emisión de permisos y licencias que integra a las distintas instituciones del gobierno que participan en las operaciones de construcción en nuestro país.

    Pasos para obtener el permiso:

    1. Selecciona https://www.vuc.gob.do/entry/login.
    2. Seleccionar “Iniciar Trámite”.
    3. Crear cuenta completando el formulario con tus datos.
    4. Confirmar cuenta en correo electrónico.
    5. Iniciar sesión en el portal de Ventanilla Única de la Construcción.
    6. Seleccionar “Crear Trámite”.
    7. Seleccione para quien se crea el trámite: Persona física o jurídica.
    8. Seleccionar un servicio:
      • Licencia de construcción
      • Modificación de licencia.
      • Licencia de construcción para vivienda de bajo costo.
    9. Seleccionar Iniciar Trámite.
    10. Llenar los datos del proyecto y subir los documentos requeridos (un solo PDF por documento, con excepción del Modelo Computacional, comprimido en WINRAR o ZIP y el presupuesto en Excel).
    11. Una vez completo, seleccionar finalizar y se generara un numero de caso.

    Documentos requeridos:

    Copia del contrato de fideicomiso, con sellos de la Cámara de Comercio.

    • Carta de Intención dirigida al ministro del MIVED (junto al contrato)
    • Copia de certificado de título
    • Copia de la mensura catastral
    • Un (01) juego de planos 24*36
    • Una (01) memoria hidráulica.
    • Un (01) Estudio Geotécnico.
    • Una (01) memoria de cálculos estructurales.
    • Modelo estructural digital.
    • Carta al director del MIVED presentado el proyecto y estableciendo posible fecha de entrega de este.
    • Presupuesto del proyecto con análisis de costo en Excel.
    • Lista del precio de venta por unidad habitacional.
    • Tasación del terreno.16

    16 Información suministrada por la Dirección de Tramitación, Tasación y Licencias del Ministerio de Vivienda y Edificaciones.

    3.2.4 Autorización de aperturas de instituciones educativas privadas

    Es el proceso de asesoría y evaluación que se pone al alcance de todos los ciudadanos interesados en crear instituciones educativas privadas preuniversitarias, que inicia con una comunicación de solicitud de permiso de apertura por el titular del centro educativo a la Dirección General de Acreditación de Centros Educativos, vía el Distrito Educativo correspondiente, con seis (6) meses de anticipación.

    Pasos para solicitar el permiso:

    • Disponibilidad para la evaluación del proyecto y/o institución.
    • Haber realizado la solicitud de permiso por escrito, a la Dirección General de Acreditación de Centros Educativos vía el Distrito Educativo correspondiente, con 6 meses de anticipación.

    La solicitud de autorización para iniciar sus labores debe estar acompañada del ideario e indicar el nivel o niveles y la modalidad o modalidades que oferta, el tipo de bachillerato si incluye el nivel medio y la tanda en la cual labora.

    Documentos requeridos:

    • Carta de solicitud de apertura.
    • Informe sobre la institución educativa.
    • Ideario de la Institución.
    • Certificado de Registro de Nombre Comercial.17

    Es gratuito y el tiempo de entrega es de 90 días laborables.

    3.2.5 Licencia de Operación para Empresa de Seguridad Privada con Armas

    Es el proceso que garantiza la regularización y supervisión de las empresas de seguridad privada por parte de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada que es la entidad encargada de velar por el cumplimiento de la normativas, reglamentos e instructivos.

    Procedimiento para obtener la licencia:

    1. Realizar el pago del trámite de autorización de licencia de operación.
    2. Enviar comunicación dirigida al Ministro de Defensa, vía el Superintendente de Seguridad Privada o Director Ejecutivo, solicitando una licencia que autorice sus operaciones como empresa de vigilancia y seguridad privada.
    3. Llenar el formulario al final de este servicio con los datos personales y de la empresa requeridos.
    4. Cargar en un archivo ZIP todos los documentos necesarios para elaborar su expediente.
    5. Enviar dos copias físicas del expediente con los documentos e informaciones requeridas y debidamente encuadernado en color rojo.

    17 Portal web del Ministerio de Educación: /www.ministeriodeeducacion.gob.do/servicios/mas-servicios/autorizacion-de-apertura-de-instituciones-educativas-privadas

    Documentos requeridos:

    • Estatuto de la compañía, certificado por la cámara de comercio cuyo capital suscrito y pagado sea de Un Millón de pesos (RD$1,000,000.00).
    • Certificación de la aprobación del nombre comercial, el cual deberá ser en el idioma español, expedido por la Oficina Nacional de la Propiedad Industrial (ONAPI).
    • Copia en original del Registro Mercantil.
    • Copias de las Cédulas de los Socios y/o Accionistas.
    • Certificado de no Antecedentes Penales expedido por la Autoridad Judicial.
    • Copia del recibo de pago de impuestos por Constitución de Empresa de la DGII.
    • Copia de Certificado del RNC.
    • Hoja de vida de todos los socios y/o accionistas, así como la copia de título universitario.
    • Evaluación de cada accionista por el departamento de Psicología de esta SVSP.
    • Pago de RD$2,000.00, por la evaluación psicológica de accionista.
    • Pago de RD$1,000.00, por tramitación de solicitud.
    • Tres copias debidamente encuadernadas en color rojo del expediente completo.

    18 Portal web para los permisos de la Superintendencia de Vigilancia y Seguridad Privada: https://svsp.gob.do/index.php/servicios/item/234-solicitud-licencias-de-operacion

    3.2.6 Permiso de operación en el sector turístico

    Es el permiso oficial emitido por el Ministerio de Turismo de la República Dominicana para operar en cualquier servicio en el sector turístico. Esta institución se encarga de garantizar la veracidad y legalidad de todos los documentos para ser operador turístico, así como verificar y aprobar las instalaciones y equipos que serán utilizados.

    Los permisos de operación en el sector turístico más solicitados son:

    Subsector Agencias de Viajes y Tour Operador

    Procedimiento para obtener la licencia:

    • Acceder a la página web del Ministerio de Turismo de República Dominicana https://www.mitur.gob.do/.
    • Luego dar clic en Servicios
    • Llenar el formulario de solicitud con tus informaciones personales.
    • Adjuntar documentos requeridos.

    Documentos legales:

    1. Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), vigente con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
    2. Certificación emitida por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), vigente, con el cumplimiento de sus obligaciones en la Seguridad Social.
    3. Copia del certificado de registro mercantil vigente y actualizado.
    4. Copia del documento que demuestre derecho de uso del inmueble donde va a operar el establecimiento.

    Documentaciones financieras:

    1. Dos (2) cartas de referencias bancarias a nombre de la persona física o sociedad solicitante.
    2. Contrato o renovación de póliza de responsabilidad civil (según aplique).
    3. Se requiere depositar copia de la póliza completa, con sus condiciones generales. Para los tours operadores, el seguro de responsabilidad civil debe cubrir además los riesgos a los turistas desde las terminales hacia hoteles y lugares turísticos.
    4. Contrato o renovación de fianza (según aplique) que cubra los riesgos de posibles cancelaciones e inejecuciones de contratos,
    5. Recibo de pago al Ministerio de Turismo por concepto de emisión o renovación de licencia (según aplique)

    Documentación técnica

    1. Copias de los carnés vigentes emitidos por el Ministerio de Turismo al personal calificado de tráfico aéreo que integran la agencia de viajes reservas y pasajes ó la agencia de viajes mayorista solicitante.
    2. En el caso de los tours operadores, copia de los planes y programas de excursiones.
    3. Visto bueno de inspección realizada por los inspectores del Ministerio de Turismo.
      • Proceder con el pago (por esta plataforma) cuando sea solicitado.
      • Esperar inspección.
      • Esperar la resolución lista de parte de Ministerio de Turismo.19

    19 Portal web para los servicios del Ministerio de Turismo: https://servicios.mitur.gob.do/app/serviceDescription/370

    Subsector Establecimientos de Hospedaje

    • Acceder a la página web del Ministerio de Turismo de República Dominicana https://www.mitur.gob.do/.
    • Luego dar clic en Servicios
    • Llenar el formulario de solicitud con tus informaciones personales.
    • Adjuntar documentos requeridos.

    Documentos legales:

    1. Certificación emitida por la Dirección General de Impuestos Internos (DGII), vigente con el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.
    2. Certificación emitida por la Tesorería de la Seguridad Social (TSS), vigente, con el cumplimiento de sus obligaciones en la Seguridad Social.
    3. Copia del certificado de registro mercantil vigente y actualizado.
    4. Copia del documento que demuestre derecho de uso del inmueble donde va a operar el establecimiento.

    Documentaciones financieras:

    1. Dos (2) cartas de referencias bancarias a nombre de la persona física o sociedad solicitante.
    2. Copia de contrato completo vigente de póliza de responsabilidad civil.
    3. Recibo de pago al Ministerio de Turismo por concepto de emisión o renovación de licencia.

    Documentación técnica:

    1. Copia de carta de No-Objeción de uso de suelo emitida por la Dirección de Planeación y Proyectos del Ministerio de Turismo (DPP).
    2. Copia de la licencia expedida por el Ministerio de Salud Pública, vigente.
    3. Visto bueno de inspección realizada por los inspectores del Ministerio de Turismo.
      • Proceder con el pago (por esta plataforma) cuando sea solicitado.
      • Esperar inspección.
      • Esperar la resolución lista de parte de MITUR.

    20 Portal web para los servicios del Ministerio de Turismo: https://servicios.mitur.gob.do/app/serviceDescription/372

    3.2.7 Permiso para extracción de minería artesanal (ámbar y larimar)

    Es la gestión del proceso de formalización de la minería artesanal y pequeña escala de Ámbar y Larimar. El departamento que lo ofrece es la Dirección de Catastro Minero.

    Los requerimientos para la obtención de dicho permiso son:

    Acceder a la página web: https://www.mineria.gob.do/

    • Carta dirigida al Director General De Minería.
    • Formulario de Declaración de Explotación de Ámbar y Larimar.
    • Fotocopia del título de Propiedad del terreno (si aplica).
    • Fotocopia de la cédula.

    No tiene costo y el tiempo de realización es de ciento veinte (120) días.

    3.2.8 REGISTRO SANITARIO

    Es el documento que permite a una persona natural o jurídica fabricar, envasar e importar un producto destinado al consumo humano. Son regulados por el Ministerio de Salud Pública. En el 2015 se crea la Dirección General de Medicamentos y Alimentos y Productos Sanitarios (DIGEMAPS) que regulariza todos los aspectos de emisión y renovación de los registros sanitarios.

    Requisitos generales para obtener el registro sanitarios:

    • Estar constituido como una sociedad comercial en la República Dominicana o en caso de ser una Sociedad comercial Extranjera tener registrada una sucursal en el país.
    • Contratar a un regente farmacéutico, que será el encargado de la dirección del establecimiento del distribuidor.

    Tipos de productos sobre el cual se solicita registros sanitarios son:

    • Productos farmacéuticos.
    • Productos Naturales.
    • Productos de Uso Doméstico.
    • Productos comestibles.

    Con la finalidad de eficientizar los servicios de registro sanitario, se promulgó el Decreto 117-18 que establece el reglamento para la renovación automática de los registros sanitarios de los alimentos, medicamentos, productos sanitarios, cosméticos y de higiene, que se enmarca en iniciativas propiciadas por el Consejo Nacional de Competitividad.